Para la prueba de la simulación es necesario que la exclusión se realice por un acto positivo por el que se manifieste claramente la voluntad simulatoria del contrayente, por el que el acto salga a suexistencia, por el que en definitiva la voluntad, previo el conocimiento del objeto, se determine positivamente a querer algo: es decir, no basta no querer el matrimonio, sus propiedades o elementosesenciales, sino que es preciso un querer excluirlos, como se suele decir en la jurisprudencia rotal, no se trata de un non velle sino de un velle non .